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Son muchas las familias que a día de hoy se siguen preguntando cuál es la situación de la gestación subrogada en España. ¿Es posible que con la entrada del nuevo gobierno pueda cambiar la situación legal? ¿Han variado las circunstancias en alguno de los principales países donde acuden ciudadanos españoles para realizar el proceso?
Sin duda, son muchas las dudas que abarca este tratamiento de reproducción. Si quieres saber todo sobre el tema, no te pierdas el nuevo post de Mi Fertilidad. ¡Te damos las claves!
En nuestro país los tratamientos de Gestación Subrogada no están permitidos por la Ley de Técnicas de Reproducción Asistida. No obstante, es totalmente legal para un ciudadano español tener un hijo o hija a partir de esta vía en un país donde sí esté regulada.
Es decir, puedes acudir a lugares como Estados Unidos, Ucrania, Canadá o Georgia, pues se rigen por la legislación del territorio donde se produce el nacimiento. A día de hoy, la inscripción del bebé como hijo puede llevarse a cabo de dos maneras:
Si la criatura nace en un país donde la paternidad de los niños nacidos por gestación subrogada con carácter general se establece por sentencia judicial (Estados Unidos y Canadá, principalmente), el bebé es registrado automáticamente como español.
Por otro lado, si el bebé nace en un país en el que la paternidad de los niños se establece por vía administrativa (Georgia o Ucrania), la paternidad de realizará por vía judicial una vez en nuestro país.
Si bien es cierto que el procedimiento de inscripción puede cambiar en el futuro, independientemente del gobierno y su ideología, no podría evitar que los bebés sean registrados finalmente como españoles, tal y como marca el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
Durante el tiempo en el que se desarrolle este proceso, los bebés tendrán garantizados los derechos a sanidad, justicia y educación. Esto se debe a que el TEDH ha establecido claramente reconocer a los estados europeos la identidad del niño, estableciendo mecanismos de registro rápidos.
Actualmente podemos encontrar en España diferentes empresas profesionales dedicadas al asesoramiento de estos padres intencionales que van a emprender el camino de la gestación subrogada.
La gestación subrogada o vientre de alquiler tiene una regulación diferente según qué estados, siendo cada vez mayor el número de estados/provincias que establecen procedimientos claros al efecto, siendo California el pionero.
El hecho de nacer en EEUU/Canadá provoca que el bebé tenga nacionalidad americana/canadiense toda la vida y, a día de hoy, los bebés se inscriben automáticamente como españoles a través de las embajadas. Además, como los recién nacidos obtienen pasaporte y nacionalidad por haber nacido en dichos países, pueden volar a los pocos días de nacer a España.
En este sentido, cualquier tipo de familia puede llevar a cabo en proceso en estos países (madres solteras, parejas homosexuales, parejas no casados o casadas). Eso sí, en el caso de las madres solteras, el proceso de inscripción puede ser más dificultoso en Canadá, requiriendo una sentencia posterior al llegar a España.
Ucrania y Georgia se diferencian de los anteriores en que el proceso de inscripción, tal y como hemos adelantado, se desarrolla por vía administrativa. Es decir, sin la intervención de un juez. Además, los recién nacidos no obtienen nacionalidad ucraniana/georgiana automáticamente.
Hasta hace unos meses, el proceso consistía en registrar al bebé como hijo de padre español, previo reconocimiento de la paternidad por parte de éste en el Cónsul competente. En ese momento, se emitía un pasaporte que permitía volar con el bebé hacia España. Una vez en nuestro país, a través de un proceso judicial el recién nacido quedaba registrado.
Con la llegada del nuevo gobierno, desde el ministerio de Justicia se enviaron nuevas instrucciones a los Servicios consulares en el extranjero y actualmente las embajadas deniegan el registro. Por este motivo, Ucrania y Georgia sí otorgan al bebé la nacionalidad y el pasaporte de dicho país. Eso sí, el proceso judicial en España debe llevarse a cabo.
Este procedimiento en ambos países está enfocado a parejas heterosexuales, casadas o en proceso de casarse, acreditando que la mujer o bien padece una causa física que le impide gestar, o bien que ha realizado varias transferencias con resultado negativo.
Desde Mi Fertilidad sabemos que este tema suscita muchas preguntas e información. Por ello, no dudéis en hacernos llegar cualquier de vuestras dudas.
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