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Es muy habitual que en los ciclos de fecundación in vitro (FIV) ya sea con óvulos de la paciente o bien por ovodonación se consiga más de un embrión. El destino de esos embriones que no se han usado en la transferencia embrionaria y que pasan a ser congelados, está regulado por la Ley española de técnicas de reproducción asistida 14/2006, además del dictamen de la paciente.
A continuación vamos a desgranar en este índice, los puntos a tratar sobre qué hacer con los embriones sobrantes tras un tratamiento de fiv que veremos en este post de mifertilidad.es
INDICE
1. Procedencia de los embriones sobrantes.
2. Destino tras la congelación de los embriones.
3. Embriones abandonados en la Ley Española 14/2006.
4. Dudas de los usuarios.
1. PROCEDENCIA DE LOS EMBRIONES QUE SOBRAN
Uno de los objetivos al llevar a cabo un tratamiento de fecundación in vitro es recuperar el mayor número de embriones para así ver multiplicadas las posibilidades de éxito del tratamiento.
Con la Ley 14/2006 en la mano, es inviable transferir más de 3 embriones a la madre en cada intento ( transferencia) además los médicos cada vez aconsejan más el transferir un único embrión y así evitar los embarazos múltiples ya que conllevan muchos riesgos tanto para los bebés como para la madre.
La futura madre es la que decide, junto con los consejos médicos, cuantos embriones transferir. Por normal general, se suelen transferir un máximo de 2 embriones por transferencia dependiendo de las calidades del los embriones.
Es fundamental que los médicos especialistas en reproducción asistida indiquen tanto las ventajas como los riesgos de hacer una transferencia múltiple de embriones.
También hay que pensar que a día de hoy las técnicas de criopreservación de los embriones sobrantes son muy precisas y por tanto no está en riesgo, por norma general, la supervivencia de los mismos.
Los avances médicos tanto en la medicación para la estimulación ovárica como los procesos de congelación cada día son más rigurosos haciendo posible que cada ciclo se puedan recuperar más ovocitos y por tanto haya un número mayor de embriones sobrantes para transferencias futuras.
2. DESTINO TRAS LA CONGELACION DE LOS EMBRIONES
Tras la transferencia de un máximo de 3 embriones, la mujer o pareja deben decidir qué hacer con los embriones que no se han usado en ese momento.
La congelación de los embriones está contemplada en el artículo 11 de la ley 14/2006 de reproducción asistida en España que indica que “Los preembriones sobrantes de la aplicación de técnicas de fecundación in vitro que no sean transferidos a la mujer en un ciclo reproductivo, podrán ser crioconservados en los bancos autorizados para ello”.
La ley también indica los posibles usos que hay para los embriones congelados:
Uso propio: Existen embriones que no llegan a implantar y por tanto es necesario acudir a una segunda transferencia para ver si hay suerte y él embrión se queda con la madre, dando comienzo el embarazo. Al tener embriones sobrantes la mujer no tiene que pasar por el duro proceso de inyectarse la medicación hormonal para conseguir ovocitos tras la punción sino que simplemente se prepara en un nuevo ciclo el útero con progesterona y estradiol de cara a la nueva transferencia.
Donación a otras mujeres o parejas que no pueden tener hijos: Los requisitos para que una mujer pueda donar embriones es no superar los 35 años en el momento en que se llevó a cabo la punción ovárica y que los embriones no tengan enfermedades hereditarias. La pareja que recibe esos embriones serán padres gracias a la adopción de embriones.
Donación a la ciencia: La pareja donará sus embriones a la investigación siempre que sea informada del proyecto concreto para el que se usarán sus embriones.
3. EMBRIONES ABANDONADOS EN LA LEY ESPAÑOLA 14/2006
Una vez que la mujer ha estudiado que opción es la elegida para la conservación de embriones se tiene que firmar un consentimiento que será renovado como máximo cada 2 años.
En la renovación de dicho contrato, los embriones sobrantes podrán ser usados con cualquier fin dentro de la Ley 14/2006. Lo más lógico es que el destino primordial sea la congelación de embriones para futuras transferencias, ya sea porque el embarazo no se ha conseguido o para darle un hermano al hijo nacido de la primera transferencia.
La donación de embriones para otras parejas que no pueden usar su propio material genético no está entre las opciones más escogidas a la hora de cumplimentar el contrato.
Existe un problema en la actualidad que es el abandono de embriones congelados. El alto coste que supone mantener esos embriones congelados hace que muchas parejas no renueven el contrato y los embriones queden en un limbo sin indicación de cuál es su destino.
Tras 2 renovaciones consecutivas, si la tercera renovación no se hace en plazo ni se indica cual es el destino de esos embriones, la clínica dispondrá de ellos para cualquier fin enmarcada en la Ley 14/2009.
4. DUDAS DE LOS USUARIOS
¿Puedo saber a quién dono los embriones que ya no voy a usar?
No, ya que es un proceso anónimo, gratuito y secreto.
¿En la Inseminación Artificial IA también hay embriones sobrantes?
No ya que la inseminación artificial se lleva cabo en el útero de la mujer por lo que al no extraer los óvulos no es posible que se cuente con embriones sobrantes.
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